Clasificación de las vías públicas
- Poblado. Espacio que comprende edificios y en cuyas vías de entrada y de salida están colocadas, respectivamente, las señales de entrada a poblado y de salida de poblado.
- Vía urbana. Vía pública situada dentro de poblado, excepto las travesías.
- Travesía. Tramo de carretera que discurre por poblado. No tendrán la
consideración de travesías aquellos tramos que dispongan de una
alternativa viaria o variante a la cual tiene acceso.
- Vía interurbana. Vía pública situada fuera de poblado.
- Autopista. Carretera especialmente proyectada,
construida y señalizada como tal para la exclusiva circulación de
automóviles y que tiene las siguientes características:
a) No tener acceso a la misma las propiedades colindantes.
b) No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
c) Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación o, en casos excepcionales, por otros medios.
- Autovía. Carretera especialmente proyectada, construida y señalizada como tal que tiene las siguientes características:
a) Tener acceso limitado a ella las propiedades colindantes.
b) No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
c) Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación, o por otros medios.
- Vía para automóviles. Vía reservada exclusivamente a la circulación de automóviles, con una sola calzada y con limitación total de accesos a las propiedades colindantes, y señalizada con las señales S-3 y S-4, respectivamente.
- Carretera convencional. Carretera que no reúne las características propias de las autopistas, autovías y vías para automóviles.
- Carretera. Vía pública pavimentada situada fuera de poblado, salvo los tramos en travesía.
Según la Ley de carreteras:
- Se consideran carreteras las vías de dominio y uso público proyectadas, construidas y señalizadas fundamentalmente para la circulación de vehículos automóviles.
- Por sus características, las carreteras se clasifican en:
- Son autopistas (ver Art.2.3a).
- Son autovías (ver Art.2.3b).
- Son carreteras multicarril las que, sin ser autopistas o autovías, tienen al menos dos carriles destinados a la circulación para cada sentido, con separación o delimitación de los mismos, pudiendo tener accesos o cruces a nivel. En el cómputo de carriles de estas carreteras no se tendrán en cuenta los carriles adicionales, los de espera, los de trenzado, ni los de cambio de velocidad.
- Son carreteras convencionales las que no reúnen las características propias de las autopistas, ni las de las autovías, ni las de las carreteras multicarril.
- Lluvia.
- Efecto aquaplaning.
- Nieve.
- Viento.
- Calor.
- Niebla.
- Hielo.
- Viajar en condiciones meteorológicas extraordinarias.
- Señalización relacionada con meteorología adversa.
- Transitabilidad en tramo o puerto de montaña.
- El panel 1 puede ir en blanco con la inscripción «ABIERTO»; en tal caso, indica que pueden circular todos los vehículos sin restricción; en verde, que indica que el puerto está transitable, si bien existe prohibición de adelantar para los camiones con masa máxima autorizada mayor de 3.500 kilogramos; amarillo, que indica que el puerto está transitable, excepto para los camiones con masa máxima autorizada mayor de 3.500 kilogramos y vehículos articulados, y los turismos y autobuses circularán a una velocidad máxima de 60 km/h; rojo, que indica que para circular es obligatorio el uso de cadenas o neumáticos especiales a una velocidad máxima de 30 km/h y que está prohibida la circulación de vehículos articulados, camiones y autobuses; y en negro con la inscripción «CERRADO», que indica que la carretera se encuentra intransitable para cualquier tipo de vehículo.
- El panel 2 será de color blanco y podrá llevar las siguientes inscripciones: la señal R-306 cuando el panel 1 vaya en verde; las señales R-106 y R-301 con la limitación a 60 km/h cuando el panel 1 sea amarillo y la señal R-107 con la inscripción 3,5 toneladas y R-412 cuando el panel 1 sea rojo.
- El panel 3 puede llevar una inscripción del lugar a partir del cual se aplican las indicaciones del panel 1 y 2.
- Influencia del cambio climático en el transporte.
- Búsqueda de itinerarios alternativos.
- Incidencias en tiempo real.
- https://infocar.dgt.es/etraffic/
- Estas páginas se actualizan constantemente de forma totalmente
automática con la información introducida 24 horas al día por la
Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y los responsables de los
Centros de Gestión de Tráfico de la DGT.
- Niveles de servicio en la vía.
- Blanco.
- Verde.
- Amarillo.
- Rojo.
- Negro.
- Factores que más influyen en el tráfico.
- Humano.
- Vía y entorno.
- Vehículo.
- Distracciones y sus fuentes.
- Uso de teléfonos móviles y navegadores GPS.
- Conductas interferentes.
- Calor.
- Excesiva concentración de señales en la vía.
- Búsqueda de información ajena a la conducción.
- Comer.
- Beber.
- Fumar.
- Velocidad.
- Agresividad.
- Conducción segura.
- Seguridad activa.
- Frenos.
- Ruedas.
- Suspensión.
- Dirección.
- Alumbrado.
- Señalización de la vía.
- Seguridad pasiva.
- El cinturón de seguridad.
- El airbag.
- El reposacabezas --> los reposacabezas de un vehículo deben ajustarse a la misma altura que la parte superior de la cabeza.
Grupos de riesgo
Son los colectivos de personas que por sus especiales características tienen mayor probabilidad de verse implicados en un accidente de tráfico o de resultar muertos o heridos como consecuencia del mismo.- Como peatones --> jóvenes, niños, discapacitados, ancianos.
- Como conductores --> jóvenes, personas mayores.
- Por tipo de vehículo --> conductores de vehículos de dos ruedas.
- Cuando se adelante a un ciclista en una vía fuera de poblado se deberá tener en cuenta que la separación lateral no debe ser inferior a 1,50 metros.
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros --> 6 puntos (ver anexo II.12 Ley de Tráfico).
- El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento a un
ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, debe realizarlo ocupando parte
o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la
calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros,
salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo
caso será obligatorio el cambio completo de carril. Queda prohibido
adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen
en sentido contrario, incluso si estos ciclistas circulan por el arcén (Art.35.4 Ley de Tráfico - Ley 18/2021).
- Cómo protegerse en caso de accidente.
- Protege tu cabeza.
- No sacar los brazos por la ventanilla.
- Alejarte de la zona de impacto.
- No apoyarse en el salpicadero.
- Apretarse contra el suelo.
- Variables fundamentales para definir el tráfico en una carretera:
- Intensidad.
- Densidad.
- Velocidad.
- Circulación continua y discontinua.
- Condiciones peligrosas.
- Reventón de un neumático.
- Derrape.
- Deslumbramiento.
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